Ley Humanitaria


UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR BORJA

NOMBRE:
Daniel Cañizares

FECHA:
Martes 2 de junio del 2020

CURSO:
Primero de Bachillerato"B"

MATERIA:
Ingles

TEMA:
Ley Humanitaria 
Unidad Educativa Borja – FLACSI | Federación Latinoamericana de ...

RUTINA DE PENSAMIENTO
ANTES PENSABA…, AHORA PIENSO





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Solía pensar…

·         Sabía que la ley Humanitaria es un proyecto, que fue aprobado el pasado 15 de mayo del 2020 por la Asamblea Nacional
·         Establecen beneficios que alivian las presiones de pago de servicios básicos y de arriendo.
·         Sabía que el documento fue enviado el 16 de mayo del 2020 al Presidente Lenin Moreno, quien deberá decidir si se allana a la propuesta del legislativo.
Pero ahora pienso… 

·         Estos son los beneficios que tendrán los ciudadanos gracias a la Ley Humanitaria:
·         Tarifas no pueden subir.
·         Pagos podrán ser en cuotas.
·         Se reduce tarifa para sectores sensibles.
·         Se prohíben cortes de servicio.
·         Inquilinos no pueden ser desalojados.
·         NO se puede suspender las clases si el pago está atrasado.










Cambios realizados en el Código del Trabajo según la Ley Humanitaria.


La relación laboral entre la empresa y sus trabajadores podrán cambiar a partir de la vigencia de la Ley de Apoyo Humanitario, que aprobó el viernes la Asamblea Nacional

Acuerdo para cambiar condiciones económicas del contrato de trabajo
Habrá acuerdo bilateral entre trabajadores y empleadores para modificar el aspecto económico de la relación laboral.
Si se despide al trabajador dentro del primer año de esta ley se lo indemnizará en base con su último sueldo percibido antes del acuerdo.

Reducción de la jornada de trabajo, sueldo y aportación

Se podrá reducir de forma emergente la jornada laboral hasta un máximo de 50 % por eventos de fuerza mayor o caso fortuito debidamente justificados.
La remuneración del trabajador no deberá ser menor al 55% de la fijada previo a la reducción; y el aporte a la seguridad social se pagará en base en la jornada reducida.
Esta reducción podrá aplicarse hasta por dos años y renovables por el mismo periodo, por una sola vez.
La remuneración correspondiente a la reducción de la jornada deberá ser proporcional a las horas efectivamente trabajadas, en consideración a su remuneración anterior a la reducción de la jornada.
A partir de la implementación de la jornada reducida y durante el tiempo que esta dure, las empresas que hayan implementado la reducción de la jornada laboral no podrán repartir dividendos.
De producirse despidos las indemnizaciones y bonificación por desahucio se calcularán sobre la última remuneración mensual percibida por el trabajador antes de la reducción de la jornada, además de cualquier otra sanción que establezca la ley por este incumplimiento.

Vacaciones las define el empleador

Los empleadores durante los dos años siguientes a la publicación podrán notificar al trabajador con el cronograma de sus vacaciones o establecer la compensación de aquellos días de inasistencia al trabajo como vacaciones ya devengadas.

Descansos en el teletrabajo

El empleador deberá respetar el derecho del teletrabajador a desconectarse, garantizando el tiempo en que no estará obligado a responder sus requerimientos.
El tiempo de desconexión deberá ser de al menos doce horas continuas en un periodo de veinticuatro horas.
En ningún caso el empleador podrá establecer comunicaciones ni formular órdenes o pedidos en días de descanso, permisos o feriado anual.

Despidos por fuerza mayor solo en caso de cese total y definitivo de la empresa

La Ley de Apoyo Humanitario incluye una interpretación a la ley, para evitar que se siga usando la pandemia como causal para despedir a trabajadores sin el pago de indemnizaciones.
El numeral 6 del artículo 169 del Código del Trabajo contempla que por fuerza mayor se pueden terminar contratos laborales. Pero en la Ley Humanitaria se aclara que "en estos casos, la imposibilidad de realizar el trabajo por caso fortuito o fuerza mayor estará ligada al cese total y definitivo de la actividad económica del empleador, sea persona natural o jurídica. Esto quiere decir, que habrá imposibilidad cuando el trabajo no se pueda llevar a cabo tanto por los medios físicos habituales como por medios alternativos que permitan su ejecución, ni aún por medios telemáticos".

Seguro de desempleo

Durante los meses de abril, mayo, junio y julio del 2020, los afiliados en relación de dependencia que queden desempleados podrán acceder a la prestación del seguro de desempleo.

Contrato especial emergente

Este contrato se celebrará por un máximo de dos años y que podrá ser renovado por una sola vez por el mismo plazo.
La jornada laboral ordinaria podrá ser parcial o completa, con un mínimo de 20 y un máximo de 40 horas semanales, distribuidas en un máximo de seis días a la semana sin sobrepasar las ocho horas diarias, y su remuneración y beneficios de ley serán proporcionales, de acuerdo con la jornada pactada.
Al terminar el plazo del contrato o por terminación unilateral antes de lo pactado, el trabajador tendrá derecho al pago de remuneraciones pendientes, bonificación por desahucio y demás beneficios de ley calculados de conformidad al Código de Trabajo.
Si finalizado el plazo acordado se continúa con la relación laboral, el contrato se considerará como indefinido, con los efectos legales del mismo.

Emprendimientos sin requisitos

Para la apertura de nuevos emprendimientos desde el día cero no habrá requisitos, para lo cual el Servicio de Rentas Internas y los GAD emitirán permisos de operación provisional que tendrá una validez de ciento ochenta días, tiempo durante el cual el emprendedor deberá regularizar su actividad en temas tributarios, municipales y permisos de cualquier índole requeridos.

Modalidades para grupos vulnerables

El Ministerio de Trabajo establecerá los procedimientos y modalidades de trabajo adecuados para que las personas en condición de vulnerabilidad frente al COVID-19 puedan desempeñar sus actividades laborales mientras se mantenga un alto riesgo de contagio. 


¿Qué aspectos se abordan en la ley?
¿Qué artículos de la Constitución han sido violados con esta ley?
¿Qué Dificultades puede generar esta ley en el trabajador ecuatoriano?
¿Qué soluciones podría darse?
Reducción de la jornada laboral en algunos casos hasta el 50%


Esta ley estaría violando el artículo 328 de la Constitución, que establece que el pago de remuneraciones no podrá ser disminuido ni descontado, salvo con autorización expresa de la persona trabajadora.
Esta ley podría afectar en el descuento de su salario por la reducción de la jornada laboral.
Se podría modificar esta ley en el caso de que el empleador y el trabajador salgan beneficiados.
Acuerdos para el manejo de deudas o contratos especiales.


No encuentro ninguna ley que ha sido violada.
Yo pienso que esta ley no afecta a ningún trabajador ni a ninguna empresa, ya que se les está dando una ayuda en pagos.
Yo creo se podría quedar así la ley ya que esta ayuda bastante a los deudores y a las empresas a pagar sus deudas.
Medidas para las vacaciones y el teletrabajo.



La ley estaría violando el inciso dos del artículo 326 de la Constitución, que dice que los derechos laborales son irrenunciables e intangibles.
Yo creo que esta ley afecta un poco al trabajador, ya que este no puede decidir cuándo tener sus vacaciones.
Este ley se podría mejorar, si el empleador y el trabajador se ponen de acuerdo para dar las vacaciones a este.


Bibliografía de consulta (Normas APA)

El Universo [2020, mayo]. Jornada de trabajo, sueldo y aportación al IESS podrán reducirse por dos años. Estos son los cambios laborales que contempla la Ley Humanitaria [en línea]. Disponible en:  https://www.eluniverso.com/noticias/2020/05/17/nota/7843881/reformas-laborales-nuevas-reglas-contratos-trabajo-ley-humanitaria  [2020, 2 Junio].



HOJA DE REFLEXIÓN
DE TAREA-ACTIVIDAD


Fecha:   01 /  06   /2020           
Nombre y Apellidos: Daniel Cañizares
Grado/Curso:   Primero                                                           Paralelo: B

Proyecto:  Ingles

Nombre de tarea-actividad: Ley Humanitaria

¿Cómo lo hiciste? Estrategias y proceso.

Realice una hoja de reflexión sobre la Ley Humanitaria y una rutina de pensamiento sobre un video visto en clases.



¿Qué crees que muestra este trabajo de ti?
Este trabajo demuestra la responsabilidad que tuve al entregar el trabajo en el tiempo estimado.




¿Qué aprendiste?

Aprendí cuales son las leyes humanitarias y los beneficios que tiene esta ley en los trabajadores.





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